viernes, 20 de mayo de 2016

RESOLUCIÓN PASO No. 3



PASO 3

    Para dar seguimiento al trámite asignan un numero y cuenta confidencial, Migración indica que el tramite dura aproximadamente 30 días en dar la resolución.

    Todo lo anterior es un requisito indispensable para poder contratar extranjeros ya que de lo contrario la empresa o la persona física se hace acreedora a un multa.

   Es importante mencionar que debido a los tratados internacionales ya existe esa posibilidad para los extranjeros de cambiar su situación y estadia en nuestro país es de manera muy simple lo mencionare:



1.- Estadia en el país por ser Turista

2.- Estadia en el país por ser residente, y esta se obtiene en el supuesto de que existiera casamiento con un mexicano, por la madre o padre del extranjero que cuenten con residencia.

3.- El otro supuesto es que el propio extranjero realice de forma directa el cambio de situación migratoria en México, y debe de tener permiso pagando un impuesto y pasa de ser turista  extranjero con residencia mexicana y con autorización para realizar actividades remuneradas.

NOTA: Para que se cumpla el supuesto de que el extranjero pueda realizar actividades remuneradas en México, primero se la empresa o persona física debe contar con el permiso de empleador y posteriormente publicar la vacante al consulado indicando el nombre del candidato, la nacionalidad, el cargo y el salario.






PASO 2 INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Una vez reunido los requisitos se presenta la documentación ante el Instituto Nacional de Inmigración







Paso 2

Imprimen una hoja en la cual se anota de puño y letra la documentación entregada y funciona muy similar a un procedimiento civil, es decir se pueden nombrar abogados , representantes legales y autorizados para realizar entrega o aclarar requerimientos.

La diferencia que existe es que no desechan la solicitud debido a que no los reciben sin que reúna los requisitos si existe alguna omisión en documentos le llaman requerir.















TRAMITE Y PASOS A SEGUIR PARA EMPLEADORES PASO No. 1



      En el caso de los corporativos hoy en día es más frecuente que se realice contratación de extranjeros.

     Para ello es necesario cumplir ciertos requisitos que los regula el  Instituto Nacional de Inmigración, en el cual se requere reunir documentos como persona física o Moral.

      A continuación se anexa formato para empleadores.


      Paso No. 1



Personas morales:

a) Acta Constitutiva o el instrumento público en el que se acredite la legal existencia de la persona moral,  así como sus modificaciones.

b) Instrumento público en el que conste el tipo de poder o mandato y las facultades conferidas a los representantes legales o a los apoderados si el Acta Constitutiva no los contiene.

c) Identificación Oficial vigente del representante o apoderado legal.

d) Comprobante de domicilio de la persona moral, cuya fecha de expedición no exceda de treinta días.

e) Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y constancia emitida por autoridad competente, sobre la presentación de la última declaración de impuestos, y 

f)  Lista de empleados y su nacionalidad.




TRAMITE ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN

 

                Funciones y Responsabilidades del Instituto Nacional de Inmigración.